Viceministerio del Tesoro y Crédito Público

  • Viceministerio del Tesoro y Crédito Público

    Viceministerio del Tesoro y Crédito Público - (VTCP)

    De acuerdo a lo establecido en el DS N°4857 de 6 de enero de 2023, el VTCP tiene las siguientes atribuciones:

    • Participar en la formulación de las políticas macroeconómicas, monetarias y cambiarias en coordinación con las instancias competentes, en el marco del PDES;
    • Formular, programar, ejecutar, controlar y evaluar las políticas fiscales en coordinación con los demás Viceministerios del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas;
    • Efectuar el análisis de las políticas fiscales propuestas e implementadas por el Gobierno, en el marco de sus facultades;
    • Elaborar y realizar el seguimiento del Programa Fiscal-Financiero con el BCB;
    • Elaborar y formular planes, políticas, estrategias y procedimientos de endeudamiento nacional de las entidades territoriales autónomas y de las universidades públicas;
    • Participar en la negociación y contratación de nuevos créditos externos, definiendo estrategias, procedimientos y metas de endeudamiento;
    • Efectuar operaciones con títulos valores del TGN;
    • Controlar la deuda pública interna y externa, y programar su servicio;
    • Participar en los procedimientos de renegociación o reconversión de la deuda pública;
    • Presupuestar el pago y controlar los aportes o cuotas a los organismos internacionales en función a la priorización sectorial que efectúe el Ministerio de Relaciones Exteriores;
    • Realizar el pago por aporte de capital accionario a organismos internacionales;
    • Transmitir y transferir a los Órganos del Estado y entidades del sector público, recursos públicos para la constitución de fideicomisos, para la implementación de los programas y políticas del Gobierno, de conformidad a norma específica;
    • Administrar, asignar y controlar los ingresos y los recursos fiscales para programar la ejecución del PGE, de acuerdo a disponibilidad;
    • Establecer, programar y evaluar los desembolsos efectuados por el TGN según el PGE y de acuerdo con la disponibilidad de recursos y normativa vigente;
    • Administrar y autorizar el registro de las cuentas corrientes fiscales para las entidades del sector público a través del BCB y la Entidad Bancaria Pública;
    • Imprimir, custodiar y distribuir valores fiscales no bursátiles del TGN, en el marco de sus facultades; así como recomendar su delegación, cuando corresponda;
    • Administrar el régimen de calificación de años de servicio de las servidoras y servidores públicos;
    • Centralizar la información de planilla de haberes, rentas y pensiones de las servidoras y servidores públicos;
    • Elaborar normativa relacionada a la gestión, administración, seguimiento y control del endeudamiento público y la ejecución de operaciones de tesorería de las entidades territoriales autónomas y universidades públicas;
    • Elaborar y difundir instrumentos normativos y técnicos del Sistema Nacional de Tesorería y Crédito Público;
    • Realizar programas de saneamiento y sostenibilidad fiscal con las entidades del sector público nacional, entidades territoriales autónomas y universidades públicas;
    • Implementar instrumentos de control y seguimiento, para contribuir a la transparencia, control social e incentivar acciones de sostenibilidad fiscal;
    • Desarrollar sistemas de información y bases de datos de operaciones de endeudamiento de entidades territoriales autónomas y universidades públicas;
    • Habilitar y suspender firmas autorizadas para el manejo de cuentas corrientes fiscales para la administración de las rentas nacionales, departamentales, municipales e indígena originario campesinas, de manera preventiva y a solicitud expresa de las autoridades competentes;
    • Recopilar, procesar y publicar información económica financiera de las entidades del sector público;
    • Compilar y realizar seguimiento a las estadísticas fiscales del sector público no financiero;
    • Ejecutar débitos a las cuentas corrientes fiscales de las entidades del sector público, a requerimiento de las entidades públicas afectadas y/o beneficiarias, conforme a normativa vigente;
    • Formular y diseñar los mecanismos y condiciones para la distribución y control de valores fiscales no bursátiles, cuando corresponda;
    • Habilitar o suspender operaciones de tesorería en el Sistema de Gestión Pública de los Órganos del Estado y entidades del sector público, a fin de dar cumplimiento a la normativa vigente;
    • Diseñar políticas sobre la constitución e implementación de las tesorerías de los diferentes niveles de Gobierno del Estado Plurinacional, como Máxima Autoridad del Sistema de Tesorería del Estado;
  • Dirección General de Análisis y Políticas Fiscales

    Dirección General de Análisis y Políticas Fiscales

    En el marco de las atribuciones del VTCP establecidas en el Decreto Supremo N°4857 de 6 de Enero de 2023, la DGAPF opera las siguientes atribuciones:

    • Participar en la formulación de las políticas macroeconómicas, monetarias y cambiarias en coordinación con las instancias competentes, en el marco del PDES;
    • Formular, programar, ejecutar, controlar y evaluar las políticas fiscales en coordinación con los demás Viceministerios del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas;
    • Efectuar el análisis de las políticas fiscales propuestas e implementadas por el Gobierno, en el marco de sus facultades;
    • Elaborar y realizar el seguimiento del Programa Fiscal-Financiero con el BCB;
    • Implementar instrumentos de control y seguimiento, para contribuir a la transparencia, control social e incentivar acciones de sostenibilidad fiscal;
    • Recopilar, procesar y publicar información económica financiera de las entidades del sector público;
  • Dirección General de Programación y Operaciones del Tesoro

    Dirección General de Programación y Operaciones del Tesoro

    En el marco de las atribuciones del VTCP establecidas en el Decreto Supremo N°4857 de 6 de Enero de 2023, la DGPOT opera las siguientes atribuciones:

    • Participar en la formulación de las políticas macroeconómicas, monetarias y cambiarias en coordinación con las instancias competentes, en el marco del PDES;
    • Efectuar el análisis de las políticas fiscales propuestas e implementadas por el Gobierno, en el marco de sus facultades;
    • Elaborar y difundir instrumentos normativos y técnicos del Sistema Nacional de Tesorería y Crédito Público;
    • Implementar instrumentos de control y seguimiento, para contribuir a la transparencia, control social e incentivar acciones de sostenibilidad fiscal;
    • Recopilar, procesar y publicar información económica financiera de las entidades del sector público;
    • Administrar, asignar y controlar los ingresos y los recursos fiscales para programar la ejecución del PGE, de acuerdo a disponibilidad;
    • Establecer, programar y evaluar los desembolsos efectuados por el TGN según el PGE y de acuerdo con la disponibilidad de recursos y normativa vigente;
    • Administrar y autorizar el registro de las cuentas corrientes fiscales para las entidades del sector público a través del BCB y la Entidad Bancaria Pública;
    • Imprimir, custodiar y distribuir valores fiscales no bursátiles del TGN, en el marco de sus facultades; así como recomendar su delegación, cuando corresponda;
    • Administrar el régimen de calificación de años de servicio de las servidoras y servidores públicos;
    • Centralizar la información de planilla de haberes, rentas y pensiones de las servidoras y servidores públicos;
    • Ejecutar débitos a las cuentas corrientes fiscales de las entidades del sector público, a requerimiento de las entidades públicas afectadas y/o beneficiarias, conforme a normativa vigente;
    • Formular y diseñar los mecanismos y condiciones para la distribución y control de valores fiscales no bursátiles, cuando corresponda;
    • Habilitar o suspender operaciones de tesorería en el Sistema de Gestión Pública de los Órganos del Estado y entidades del sector público, a fin de dar cumplimiento a la normativa vigente;
    • Diseñar políticas sobre la constitución e implementación de las tesorerías de los diferentes niveles de Gobierno del Estado Plurinacional, como Máxima Autoridad del Sistema de Tesorería del Estado;
  • Dirección General de Crédito Público

    Dirección General de Crédito Público

    En el marco de las atribuciones del VTCP establecidas en el Decreto Supremo N°4857 de 6 de Enero de 2023, la DGCP opera las siguientes atribuciones:

    • Participar en la formulación de las políticas macroeconómicas, monetarias y cambiarias en coordinación con las instancias competentes, en el marco del PDES;
    • Efectuar el análisis de las políticas fiscales propuestas e implementadas por el Gobierno, en el marco de sus facultades;
    • Elaborar y difundir instrumentos normativos y técnicos del Sistema Nacional de Tesorería y Crédito Público;
    • Implementar instrumentos de control y seguimiento, para contribuir a la transparencia, control social e incentivar acciones de sostenibilidad fiscal;
    • Participar en la negociación y contratación de nuevos créditos externos, definiendo estrategias, procedimientos y metas de endeudamiento;
    • Efectuar operaciones con títulos valores del TGN;
    • Controlar la deuda pública interna y externa, y programar su servicio;
    • Participar en los procedimientos de renegociación o reconversión de la deuda pública;
    • Presupuestar el pago y controlar los aportes o cuotas a los organismos internacionales en función a la priorización sectorial que efectúe el Ministerio de Relaciones Exteriores;
    • Realizar el pago por aporte de capital accionario a organismos internacionales;
    • Transmitir y transferir a los Órganos del Estado y entidades del sector público, recursos públicos para la constitución de fideicomisos, para la implementación de los programas y políticas del Gobierno, de conformidad a norma específica;
  • Dirección General de Administración y Finanzas Territoriales

    Dirección General de Administración y Finanzas Territoriales

    En el marco de las atribuciones del VTCP establecidas en el Decreto Supremo N°4857 de 6 de Enero de 2023, la DGAFT opera las siguientes atribuciones:

    • Participar en la formulación de las políticas macroeconómicas, monetarias y cambiarias en coordinación con las instancias competentes, en el marco del PDES;
    • Efectuar el análisis de las políticas fiscales propuestas e implementadas por el Gobierno, en el marco de sus facultades;
    • Elaborar y difundir instrumentos normativos y técnicos del Sistema Nacional de Tesorería y Crédito Público;
    • Implementar instrumentos de control y seguimiento, para contribuir a la transparencia, control social e incentivar acciones de sostenibilidad fiscal;
    • Recopilar, procesar y publicar información económica financiera de las entidades del sector público;
    • Elaborar y formular planes, políticas, estrategias y procedimientos de endeudamiento nacional de las entidades territoriales autónomas y de las universidades públicas;
    • Elaborar normativa relacionada a la gestión, administración, seguimiento y control del endeudamiento público y la ejecución de operaciones de tesorería de las entidades territoriales autónomas y universidades públicas;
    • Realizar programas de saneamiento y sostenibilidad fiscal con las entidades del sector público nacional, entidades territoriales autónomas y universidades públicas;
    • Desarrollar sistemas de información y bases de datos de operaciones de endeudamiento de entidades territoriales autónomas y universidades públicas;
    • Habilitar y suspender firmas autorizadas para el manejo de cuentas corrientes fiscales para la administración de las rentas nacionales, departamentales, municipales e indígena originario campesinas, de manera preventiva y a solicitud expresa de las autoridades competentes;
    • Compilar y realizar seguimiento a las estadísticas fiscales del sector público no financiero;
    • Ejecutar débitos a las cuentas corrientes fiscales de las entidades del sector público, a requerimiento de las entidades públicas afectadas y/o beneficiarias, conforme a normativa vigente;
    • Habilitar o suspender operaciones de tesorería en el Sistema de Gestión Pública de los Órganos del Estado y entidades del sector público, a fin de dar cumplimiento a la normativa vigente;
    • Diseñar políticas sobre la constitución e implementación de las tesorerías de los diferentes niveles de Gobierno del Estado Plurinacional, como Máxima Autoridad del Sistema de Tesorería del Estado;