Viceministerio del Tesoro y Crédito Público
-
Viceministerio del Tesoro y Crédito Público
Viceministerio del Tesoro y Crédito Público - (VTCP)
De acuerdo a lo establecido en el DS N°4857 de 6 de enero de 2023, el VTCP tiene las siguientes atribuciones:
- Participar en la formulación de las políticas macroeconómicas, monetarias y cambiarias en coordinación con las instancias competentes, en el marco del PDES;
- Formular, programar, ejecutar, controlar y evaluar las políticas fiscales en coordinación con los demás Viceministerios del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas;
- Efectuar el análisis de las políticas fiscales propuestas e implementadas por el Gobierno, en el marco de sus facultades;
- Elaborar y realizar el seguimiento del Programa Fiscal-Financiero con el BCB;
- Elaborar y formular planes, políticas, estrategias y procedimientos de endeudamiento nacional de las entidades territoriales autónomas y de las universidades públicas;
- Participar en la negociación y contratación de nuevos créditos externos, definiendo estrategias, procedimientos y metas de endeudamiento;
- Efectuar operaciones con títulos valores del TGN;
- Controlar la deuda pública interna y externa, y programar su servicio;
- Participar en los procedimientos de renegociación o reconversión de la deuda pública;
- Presupuestar el pago y controlar los aportes o cuotas a los organismos internacionales en función a la priorización sectorial que efectúe el Ministerio de Relaciones Exteriores;
- Realizar el pago por aporte de capital accionario a organismos internacionales;
- Transmitir y transferir a los Órganos del Estado y entidades del sector público, recursos públicos para la constitución de fideicomisos, para la implementación de los programas y políticas del Gobierno, de conformidad a norma específica;
- Administrar, asignar y controlar los ingresos y los recursos fiscales para programar la ejecución del PGE, de acuerdo a disponibilidad;
- Establecer, programar y evaluar los desembolsos efectuados por el TGN según el PGE y de acuerdo con la disponibilidad de recursos y normativa vigente;
- Administrar y autorizar el registro de las cuentas corrientes fiscales para las entidades del sector público a través del BCB y la Entidad Bancaria Pública;
- Imprimir, custodiar y distribuir valores fiscales no bursátiles del TGN, en el marco de sus facultades; así como recomendar su delegación, cuando corresponda;
- Administrar el régimen de calificación de años de servicio de las servidoras y servidores públicos;
- Centralizar la información de planilla de haberes, rentas y pensiones de las servidoras y servidores públicos;
- Elaborar normativa relacionada a la gestión, administración, seguimiento y control del endeudamiento público y la ejecución de operaciones de tesorería de las entidades territoriales autónomas y universidades públicas;
- Elaborar y difundir instrumentos normativos y técnicos del Sistema Nacional de Tesorería y Crédito Público;
- Realizar programas de saneamiento y sostenibilidad fiscal con las entidades del sector público nacional, entidades territoriales autónomas y universidades públicas;
- Implementar instrumentos de control y seguimiento, para contribuir a la transparencia, control social e incentivar acciones de sostenibilidad fiscal;
- Desarrollar sistemas de información y bases de datos de operaciones de endeudamiento de entidades territoriales autónomas y universidades públicas;
- Habilitar y suspender firmas autorizadas para el manejo de cuentas corrientes fiscales para la administración de las rentas nacionales, departamentales, municipales e indígena originario campesinas, de manera preventiva y a solicitud expresa de las autoridades competentes;
- Recopilar, procesar y publicar información económica financiera de las entidades del sector público;
- Compilar y realizar seguimiento a las estadísticas fiscales del sector público no financiero;
- Ejecutar débitos a las cuentas corrientes fiscales de las entidades del sector público, a requerimiento de las entidades públicas afectadas y/o beneficiarias, conforme a normativa vigente;
- Formular y diseñar los mecanismos y condiciones para la distribución y control de valores fiscales no bursátiles, cuando corresponda;
- Habilitar o suspender operaciones de tesorería en el Sistema de Gestión Pública de los Órganos del Estado y entidades del sector público, a fin de dar cumplimiento a la normativa vigente;
- Diseñar políticas sobre la constitución e implementación de las tesorerías de los diferentes niveles de Gobierno del Estado Plurinacional, como Máxima Autoridad del Sistema de Tesorería del Estado;
-
Dirección General de Análisis y Políticas Fiscales
Dirección General de Análisis y Políticas Fiscales
En el marco de las atribuciones del VTCP establecidas en el Decreto Supremo N°4857 de 6 de Enero de 2023, la DGAPF opera las siguientes atribuciones:
- Participar en la formulación de las políticas macroeconómicas, monetarias y cambiarias en coordinación con las instancias competentes, en el marco del PDES;
- Formular, programar, ejecutar, controlar y evaluar las políticas fiscales en coordinación con los demás Viceministerios del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas;
- Efectuar el análisis de las políticas fiscales propuestas e implementadas por el Gobierno, en el marco de sus facultades;
- Elaborar y realizar el seguimiento del Programa Fiscal-Financiero con el BCB;
- Implementar instrumentos de control y seguimiento, para contribuir a la transparencia, control social e incentivar acciones de sostenibilidad fiscal;
- Recopilar, procesar y publicar información económica financiera de las entidades del sector público;
-
Dirección General de Programación y Operaciones del Tesoro
Dirección General de Programación y Operaciones del Tesoro
En el marco de las atribuciones del VTCP establecidas en el Decreto Supremo N°4857 de 6 de Enero de 2023, la DGPOT opera las siguientes atribuciones:
- Participar en la formulación de las políticas macroeconómicas, monetarias y cambiarias en coordinación con las instancias competentes, en el marco del PDES;
- Efectuar el análisis de las políticas fiscales propuestas e implementadas por el Gobierno, en el marco de sus facultades;
- Elaborar y difundir instrumentos normativos y técnicos del Sistema Nacional de Tesorería y Crédito Público;
- Implementar instrumentos de control y seguimiento, para contribuir a la transparencia, control social e incentivar acciones de sostenibilidad fiscal;
- Recopilar, procesar y publicar información económica financiera de las entidades del sector público;
- Administrar, asignar y controlar los ingresos y los recursos fiscales para programar la ejecución del PGE, de acuerdo a disponibilidad;
- Establecer, programar y evaluar los desembolsos efectuados por el TGN según el PGE y de acuerdo con la disponibilidad de recursos y normativa vigente;
- Administrar y autorizar el registro de las cuentas corrientes fiscales para las entidades del sector público a través del BCB y la Entidad Bancaria Pública;
- Imprimir, custodiar y distribuir valores fiscales no bursátiles del TGN, en el marco de sus facultades; así como recomendar su delegación, cuando corresponda;
- Administrar el régimen de calificación de años de servicio de las servidoras y servidores públicos;
- Centralizar la información de planilla de haberes, rentas y pensiones de las servidoras y servidores públicos;
- Ejecutar débitos a las cuentas corrientes fiscales de las entidades del sector público, a requerimiento de las entidades públicas afectadas y/o beneficiarias, conforme a normativa vigente;
- Formular y diseñar los mecanismos y condiciones para la distribución y control de valores fiscales no bursátiles, cuando corresponda;
- Habilitar o suspender operaciones de tesorería en el Sistema de Gestión Pública de los Órganos del Estado y entidades del sector público, a fin de dar cumplimiento a la normativa vigente;
- Diseñar políticas sobre la constitución e implementación de las tesorerías de los diferentes niveles de Gobierno del Estado Plurinacional, como Máxima Autoridad del Sistema de Tesorería del Estado;
-
Dirección General de Crédito Público
Dirección General de Crédito Público
En el marco de las atribuciones del VTCP establecidas en el Decreto Supremo N°4857 de 6 de Enero de 2023, la DGCP opera las siguientes atribuciones:
- Participar en la formulación de las políticas macroeconómicas, monetarias y cambiarias en coordinación con las instancias competentes, en el marco del PDES;
- Efectuar el análisis de las políticas fiscales propuestas e implementadas por el Gobierno, en el marco de sus facultades;
- Elaborar y difundir instrumentos normativos y técnicos del Sistema Nacional de Tesorería y Crédito Público;
- Implementar instrumentos de control y seguimiento, para contribuir a la transparencia, control social e incentivar acciones de sostenibilidad fiscal;
- Participar en la negociación y contratación de nuevos créditos externos, definiendo estrategias, procedimientos y metas de endeudamiento;
- Efectuar operaciones con títulos valores del TGN;
- Controlar la deuda pública interna y externa, y programar su servicio;
- Participar en los procedimientos de renegociación o reconversión de la deuda pública;
- Presupuestar el pago y controlar los aportes o cuotas a los organismos internacionales en función a la priorización sectorial que efectúe el Ministerio de Relaciones Exteriores;
- Realizar el pago por aporte de capital accionario a organismos internacionales;
- Transmitir y transferir a los Órganos del Estado y entidades del sector público, recursos públicos para la constitución de fideicomisos, para la implementación de los programas y políticas del Gobierno, de conformidad a norma específica;
-
Dirección General de Administración y Finanzas Territoriales
Dirección General de Administración y Finanzas Territoriales
En el marco de las atribuciones del VTCP establecidas en el Decreto Supremo N°4857 de 6 de Enero de 2023, la DGAFT opera las siguientes atribuciones:
- Participar en la formulación de las políticas macroeconómicas, monetarias y cambiarias en coordinación con las instancias competentes, en el marco del PDES;
- Efectuar el análisis de las políticas fiscales propuestas e implementadas por el Gobierno, en el marco de sus facultades;
- Elaborar y difundir instrumentos normativos y técnicos del Sistema Nacional de Tesorería y Crédito Público;
- Implementar instrumentos de control y seguimiento, para contribuir a la transparencia, control social e incentivar acciones de sostenibilidad fiscal;
- Recopilar, procesar y publicar información económica financiera de las entidades del sector público;
- Elaborar y formular planes, políticas, estrategias y procedimientos de endeudamiento nacional de las entidades territoriales autónomas y de las universidades públicas;
- Elaborar normativa relacionada a la gestión, administración, seguimiento y control del endeudamiento público y la ejecución de operaciones de tesorería de las entidades territoriales autónomas y universidades públicas;
- Realizar programas de saneamiento y sostenibilidad fiscal con las entidades del sector público nacional, entidades territoriales autónomas y universidades públicas;
- Desarrollar sistemas de información y bases de datos de operaciones de endeudamiento de entidades territoriales autónomas y universidades públicas;
- Habilitar y suspender firmas autorizadas para el manejo de cuentas corrientes fiscales para la administración de las rentas nacionales, departamentales, municipales e indígena originario campesinas, de manera preventiva y a solicitud expresa de las autoridades competentes;
- Compilar y realizar seguimiento a las estadísticas fiscales del sector público no financiero;
- Ejecutar débitos a las cuentas corrientes fiscales de las entidades del sector público, a requerimiento de las entidades públicas afectadas y/o beneficiarias, conforme a normativa vigente;
- Habilitar o suspender operaciones de tesorería en el Sistema de Gestión Pública de los Órganos del Estado y entidades del sector público, a fin de dar cumplimiento a la normativa vigente;
- Diseñar políticas sobre la constitución e implementación de las tesorerías de los diferentes niveles de Gobierno del Estado Plurinacional, como Máxima Autoridad del Sistema de Tesorería del Estado;